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Significado de los términos icoterm:

La Contracción de los Términos Comerciales Internacionales es la serie de términos utilizados en el campo de las importaciones y exportaciones, válidos en todo el mundo, que define inequívocamente y sin posibilidad de error ningún derecho y deber competente a las diversas entidades legales involucradas en una operación de transferencia de bienes de una nación a otra.

El término Ex Works, también conocido por el acrónimo EXW, significa una de las cláusulas contractuales utilizadas en ventas internacionales; Estas cláusulas de renuncia que se refieren principalmente al campo del transporte están codificadas internacionalmente en los Incoterms en su última edición de 2010 (nueva codificación que entró en vigor el 01/01/2011 como una corrección de la edición anterior de 2000).

Este rendimiento, generalmente traducido al italiano como ex-works, es el único del primer grupo, llamado E, derivado del término «ex», «partida».

La notación EXW, que debe completarse con la indicación específica de una ubicación, es la que obliga al vendedor simplemente a preparar los productos en sus instalaciones (fábrica, almacén, etc.) en la fecha acordada, proporcionando solo el suministro de la documentación adecuada para el Exportar desde el país de origen.

El comprador, por su parte, tendrá que prever la operación aduanera de exportación (si no puede hacerlo, la devolución debe modificarse en FCA), organizará el transporte y pagará todos los costos, asumiendo también todos los riesgos para el destino. el final. La representación simétrica de «Ex Works» es el deber pagado pagado.

La expresión Free On Board (ocasionalmente e incorrectamente también definida como Freight On Board), también conocida por el acrónimo FOB, significa una de las cláusulas contractuales en uso en ventas internacionales; Estas cláusulas de renuncia que se refieren principalmente al campo del transporte están codificadas internacionalmente en los Incoterms.

Esta notación específica, nacida para el transporte marítimo, a partir de aquí la traducción habitual de Franco a bordo de un barco, establece que todos los costos de transporte al puerto de embarque deben ser pagados por el vendedor, incluidos los costos de embarque. envío, así como los costos de obtención de licencias y documentación para la exportación desde el país de origen y los de las operaciones aduaneras siempre exportados.

Desde el momento en que los bienes se consideran listos para la partida, el comprador debe asumir todos los demás gastos, incluidos los costos del seguro. En cuanto a la responsabilidad de los bienes, esto pasa del vendedor al comprador cuando los bienes exceden físicamente la vertical del costado del barco.

La formulación de este plazo de retorno se considera completa con la indicación del puerto de embarque (por ejemplo, FOB Genova). A partir de este término, los términos FOR – Free on Rail y FOT – Free on Truck, respectivamente utilizados en caso de transporte por ferrocarril o camión, se tomaron prestados, incluso si ya no son correctos. En el caso del transporte ferroviario, el transporte por carretera y el transporte aéreo, el término equivalente es Transportista gratuito (FCA).

El término Costo, Seguro y Flete, también conocido por el acrónimo C.I.F., significa una de las cláusulas contractuales utilizadas en ventas internacionales; Estas cláusulas de renuncia que se refieren principalmente al campo del transporte están codificadas internacionalmente en los Incoterms.

Esta notación específica, utilizada en el transporte por barco, establece que todos los costos de transporte hasta el destino, incluidos los costos para descargar el barco, así como los costos para obtener licencias y documentación para el exportar desde el país de origen y aquellos para operaciones aduaneras siempre exportar.

Los costos del seguro también corren a cargo del vendedor. Desde el momento en que las mercancías se descargan en el puerto de llegada, todos los demás gastos se deben considerar a cargo del comprador, incluidos los costos de aduana en el país de llegada. La formulación de este término de retorno se considera completa con la indicación del puerto de destino (por ejemplo, C.I.F.Nápoles).

A menudo se usa de forma inadecuada incluso cuando el transporte de mercancías se realiza por carretera o ferrocarril, mientras que en los últimos casos se preferirían otros términos. A y CIP Transporte y seguro pagado a.

El término Costo y Flete, también conocido por la abreviatura CFR, significa una de las cláusulas contractuales utilizadas en ventas internacionales; Estas cláusulas de renuncia que se refieren principalmente al campo del transporte están codificadas internacionalmente en los Incoterms. Esta notación específica, utilizada en el transporte por barco, establece que todos los costos de transporte hasta el destino, incluidos los costos para descargar el barco, así como los costos para obtener licencias y documentación para el exportar desde el país de origen y aquellos para operaciones aduaneras siempre exportar.

Los costos del seguro corren a cargo del comprador, mientras que el vendedor tiene la obligación de comunicar de inmediato todos los datos necesarios para la estipulación de la política de riesgos. Desde el momento en que las mercancías se descargan en el puerto de llegada, todos los demás gastos se deben considerar a cargo del comprador, incluidos los costos de aduana en el país de llegada. La formulación de este término de retorno se considera completa con la indicación del puerto de destino (por ejemplo, C.F.R. Livorno). A menudo se usa incorrectamente incluso cuando el transporte de mercancías se realiza por carretera o ferrocarril, mientras que en los últimos casos serían preferibles otros términos.

CIF Costo, seguro y flete, CPT Transporte pagado y CIP Transporte y seguro pagado también pertenecen al mismo grupo de términos de entrega, llamado grupo C.

El término Derechos entregados pagados, también conocido por el acrónimo D.D.P., significa una de las cláusulas contractuales utilizadas en ventas internacionales; Estas cláusulas de renuncia que se refieren principalmente al campo del transporte están codificadas internacionalmente en los Incoterms.

Esta notación específica, válida para cada tipo de transporte, establece que todos los costos de transporte a un destino acordado deben ser pagados por el vendedor, así como los costos para obtener licencias y documentos para la exportación desde el país de origen y aquellos para siempre exportar operaciones aduaneras.

Los gastos en los que se incurre por el cruce de otros países a su destino también corren a cargo del consignador y las operaciones aduaneras en el país de llegada, incluida la liquidación de todas las cargas de las mercancías en el país de destino. Generalmente se acuerda la cláusula de que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) sigue siendo responsabilidad del comprador, mientras que el impuesto y cualquier otro impuesto son responsabilidad del vendedor.

La formulación de este término de devolución se considera completa con la indicación de una ubicación específica (por ejemplo, D.D.P. Roma) y puede considerarse exactamente simétrica a la devolución Ex Works con todos los riesgos y cargos a cargo de quienes envían el material. DAF entregado en la frontera, DES entregado en Ex Ship, DEQ entregado Ex Quay y DDU entregado Duty Unpaid también son parte del mismo grupo de términos de entrega, llamado grupo D.

El término Derechos entregados sin pagar, también conocido por el acrónimo D.D.U., significa una de las cláusulas contractuales utilizadas en ventas internacionales; Estas cláusulas de renuncia que se refieren principalmente al campo del transporte están codificadas internacionalmente en los Incoterms.

Esta notación específica, particularmente válida para el transporte por carretera y ferrocarril, establece que todos los costos de transporte a un destino acordado deben ser pagados por el vendedor, así como los costos para obtener licencias y documentos para la exportación del país de origen y los de las operaciones aduaneras siempre de exportación.

Los costos a pagar por cruzar otros países a su destino también corren a cargo del vendedor. Las operaciones aduaneras en el país de llegada y la liquidación de todas las cargas sobre las mercancías en el país de destino siguen siendo responsabilidad del destinatario. La formulación de este término de rendición se considera completa con la indicación de una ubicación específica (por ejemplo, D.D.U. Roma).

DAF entregado en la frontera, DES entregado en Ex Ship, DEQ entregado Ex Quay y DDP entregado en servicio pagado también son parte del mismo grupo de términos de entrega, llamado grupo D.